Plataforma por las Libertades de Valladolid
Nota de prensa, 22-02-2018
Toma
la Palabra engaña: la colocación de carteles en Valladolid estaba y seguirá sancionada
Toma
la Palabra lanza un comunicado de cortina de humo y engaño que no logra
desmentir que la Ordenanza para la protección del medio urbano sigue
sancionando pegar carteles
Es
muy curioso que siga sin aparecer públicamente el concejal responsable de la
Policía Municipal y con competencia en materia de esta ordenanza y sea en
cambio Toma la Palabra quien siga erigiéndose en valedora y defensora de la
ordenanza mordaza
Hacemos un llamamiento a acudir a la concentración convocada este viernes 23 de febrero en la Plaza Mayor frente al Ayuntamiento:
CONCENTRACIÓN EN LA PLAZA MAYOR
23 febero, viernes, 18.30h
EL AYUNTAMIENTO DEL "CAMBIO"
REPRIME LA HUELGA GENERAL FEMINISTA
23 febero, viernes, 18.30h
EL AYUNTAMIENTO DEL "CAMBIO"
REPRIME LA HUELGA GENERAL FEMINISTA
PORQUE NO PODÉIS CALLARNOS
CON VUESTRA ORDENANZA MORDAZA,
CON VUESTRA ORDENANZA MORDAZA,
¡¡¡HACIA LA HUELGA FEMINISTA!!!
CONVOCA: ASAMBLEA HUELGA 8M
Somos trabajadoras. Respondemos sacando
tiempo de nuestro descanso y quitándolo de la atención a quienes nos rodean. No
tenemos presupuesto alguno ni cargos con sueldo ni servicio de prensa contratados,
todo con dinero público, como tiene Toma la Palabra para sacar un comunicado autoexculpatorio y falaz por la represión a varias mujeres la pasada noche
cuando la policía las detuvo cuando pegaban carteles de la Huelga Feminista del
8M y llevó a comisaria. Privilegios inmerecidos que utiliza una vez más contra
el pueblo y para engañar a las vecinas de Valladolid tratando patéticamente de
argumentar contra el carácter represor de la Ordenanza para la protección del
medio urbano, conocida ya por todas como Ordenanza Mordaza, y que, como hemos demostrado, es la continuadora de la reaccionara Ordenanza para la protección
de la convivencia y prevención de conductas antisociales del PP.
Sobre lo que diga Toma la Palabra en relación
con la huelga feminista se bastan las compañeras del comité organizador de Valladolid
para responderles. En lo tocante a las ordenanzas municipales represivas, nos
toca a nosotras dar cumplida respuesta.
Y que no esperen que centremos nuestra
crítica en la actuación policial, que la merece y queda ya dicho en relación a
su prepotencia, arbitrariedad y maneras antidemocráticas. Tras la policía y el
cuestionamiento de su actuación en la noche del miércoles se esconde Toma la
Palabra para intentar no aparecer como lo que es: la responsable de lo
sucedido. Por formar el equipo de gobierno en cuyo nombre actúa la policía, por
mantener la ordenanza del PP en vigor y por darle continuidad con la ordenanza
mordaza. No merece más comentarios.
Toma la Palabra dice haber pedido
explicaciones a la policía por haber llevado a un grupo de mujeres a la
comisaría por colocar carteles en la calle en favor de la Huelga Feminista del
8M, cuando son ellos –no olvidemos que tras este nombre están IU y Equo- los
que “ponen en riesgo la libertad de expresión” y son corresponsables de que la
ordenanza antisocial siga en vigor y de que la nueva ordenanza mordaza siga
sancionando la colocación de carteles y otras muchas formas de ejercicio de
libertades fundamentales de reunión, información y expresión.
Toma la Palabra engaña cuando dice que la
ordenanza mordaza “excluye explícitamente en su articulado como actuaciones
sancionables aquéllas amparadas en el ejercicio de derechos fundamentales”.
Baste recordar para desmontar esta mentira un ejemplo conocido por todas: la
desnudez en la ordenanza aún en vigor está prohibida salvo cuando se ejerce en
el ejercicio de derechos fundamentales, por ejemplo, recordamos todas, en una
manifestación como la Ciclonudista que es como consiguió sobrevivir al
reaccionario De la Riva, pero lamentablemente está prohibida y sancionada
-pronto, dejará de estarlo- en cualquier otra circunstancia. Es patética la
argumentación de Toma la Palabra. Todas sabemos que en este caso ni siquiera
durante una manifestación –ejerciendo aquí un derecho fundamental- está
permitido pegar carteles o poner pegatinas y basta para ello recordar las cargas
y sanciones impuestas durante un pasado 1º de Mayo. Desmontado queda el
argumento.
Dice Toma la Palabra que “una mera pegada de
carteles en ningún caso puede suponer una apertura de un procedimiento
sancionador” y que es vital asegurar que la reglamentación municipal no
produzca, en ningún caso, un menoscabo del ejercicio de derechos fundamentales”
de forma que “si se dieran estos casos, Valladolid Toma la Palabra promovería
la modificación de los artículos que provoquen este menoscabo”. Aquí nos
quedamos “muertas”. Es decir, ¿no se tiene certeza en el Ayuntamiento al
aprobar una norma acerca de si va a vulnerar o no derechos fundamentales? Ante la duda,
¿qué hacen?: aprobar la norma represora, prohibir y sancionar.
A continuación intenta Toma la Palabra
sumarse a la crítica a la Ley mordaza, indicando que vulnera derechos
fundamentales, y aquí nos quiere engañar de nuevo a todas porque no tienen
luego reparo alguno en aprobar una ordenanza municipal mordaza que es
complemento de aquélla y que está imbricada con ella en su articulado y que
forma parte del “conjunto represivo” estatal pues, lo recordamos todas, estas
normas municipales no son más que tentáculos de una ley estatal que las hace
posible: la Ley reguladora de bases de Régimen local en sus artículos 139 a 141. Y son también un brazo de la Ley mordaza a través del artículo 32 que dice que “las
ordenanzas municipales podrán introducir especificaciones o graduaciones en el
cuadro de las infracciones y sanciones tipificadas en esta Ley” y del artículo 41.
¿A quién quieren engañar? No pueden criticar la Ley mordaza y salvar su
correlato municipal.
Ahora toca que leamos todas con atención para
pillarle el truco a Toma la Palabra. Veamos. Efectivamente, la ordenanza
antisocial del PP prohibía expresamente la colocación de carteles en su
artículo 7.1. El primer borrador de la ordenanza mordaza decía en su artículo
7.1 que “la colocación de carteles,
vallas, rótulos, pancartas, adhesivos, papeles pegados o cualquier otra forma
de propaganda o publicidad mercantil, comercial, artesanal o profesional se
realizará con sometimiento al régimen establecido en la normativa sectorial”.
Demasiado prolijo, debieron pensar, y finalmente fue aprobado diciendo “la
propaganda o publicidad mercantil, comercial o profesional se realizará con
sometimiento al régimen establecido en la normativa local o sectorial
específica de aplicación”. Vale. Aquí no se habla de carteles “sociales”.
¿Dónde está el truco? En que ahora no
prohíben la acción -pegar el cartel- sino que sancionan su consecuencia ya que
el artículo 5 de la Ordenanza mordaza dice que “queda prohibida cualquier
actuación sobre los bienes protegidos por esta Ordenanza -en la práctica, todo
lo que te encuentras por la calle y en dependencias municipales y muchísimas
privadas (todos recogidos en el art. 2 de ambas ordenanzas sobre Ámbito de
aplicación)- que sea contraria a su uso o destino o implique su deterioro, ya
sea por rotura, arranque, incendio, vertido, desplazamiento indebido,
colocación de elementos de publicidad, utilización de materiales o sustancias y
cualquier otra actividad o manipulación que los ensucie, degrade o menoscabe su
estética y su normal uso y destino”. Atención a ese “cualquier otra actividad o
manipulación que los ensucie, degrade o menoscabe su estética y su normal uso y
destino”.
Ya lo tenemos. Lo han escondido pero sabemos
cómo y dónde buscar. Ese “ensuciar”, “degradar” o “menoscabar” su estética y su normal uso y
destino sí está
Desde luego sancionado y como mínimo como falta leve (hasta 750 euros), pero
que puede llegar a ser grave (hasta 1.500 euros) o muy grave (hasta 3.000
euros). Y, además, y esto es importante, la ordenanza mordaza no enumera en ningún artículo el
listado de “actuaciones” que puedan suponer ese “ensuciar”, “degradar” o “menoscabar”.
Porque si hubiera un listado y en el no figuraran los carteles, asunto resuelto. Pero no, ningún artículo recoge listado alguno de "actuaciones" por lo que expresamente los carteles "no están prohibidos" como tampoco estan expresamente prohibidas ninguna de las innumerables
“actuaciones” susceptibles de producir esos daños sancionados.
Y no olvidemos todas que aplicando los
arbitrarios criterios de “continuidad”, “persistencia” o “reincidencia” en “ensuciar””,
“degradar” o “menoscabar”, colocar carteles, algo que hacemos todas las que formamos
parte de colectivos, la sanción puede llegar a esos 3.000 euros. O
incluso convertirse en infracción objeto de la Ley mordaza -como apunta a serlo el cado de las compañeras detenidas ayer- o incluso del Código
Penal. Es lo que tiene este jugar con fuego de los supuestos gobiernos del
cambio que mezcla oportunismo, reaccionarismo, ignorancia y temor a un pueblo libre.
Esta es la perversión de este tipo de
ordenanzas municipales de convivencia, cívicas o del medio urbano: reprimen el
ejercicio de derechos fundamentales pero no prohibiéndolos directamente sino
persiguiendo las consecuencias de su ejercicio que dicen que “ensucian”, “degradan”
o “menoscaban” lo urbano o “perturban la convivencia”.
Dice Toma la Palabra que “la nueva ordenanza municipal -que aún no ha entrado en vigor- no prohíbe pegar carteles ni cualquier otra acción amparada en el derecho a la libertad de expresión”. ¿De verdad? Que prueben en su próximo acto en la calle a salir con cola y carteles e intentar pegarlos. Todas sabemos lo que va a ocurrir. Por eso está empapelada la ciudad de carteles reivindicativos de Toma la Palabra, ¿verdad que sí?
Hay mantras que aparentan lo que no son. Apela Toma la Palabra en su comuni ado a que esta nueva ordenanza busca evitar el “maltrato a lo común”. Todas sabemos que malversan el término común porque estas ordenanzas reprimen la denuncia precisamente del abuso de los poderes públicos y económicos sobre el común, lo de todas, lo que al pueblo pertenece, cuya defensa pasa necesariamente por “perturbar la tranquilidad ciudadanas” de los poderosos y sus servidores.
Dice por último Toma la Palabra que “las actuaciones
policiales de la pasada madrugada no tienen ninguna relación con la actual
Ordenanza de Protección del Medio Urbano, puesto que aún no ha entrado en vigor”.
Y creen soslayar así su responsabilidad cuando esa actuación tiene que ver con
la ordenanza antisocial del PP que tanto denunció el actual requipo de gobierno
(PSOE, Toma la Palabra=IU+Equo, y quienes les apoyan, Sí se Puede) y que no
derogaron nada más acceder al Ayuntamiento.
Desde la Plataforma por las Libertades de
Valladolid nos mostramos completamente solidarias con las compañeras detenidas
y llevadas a comisaría anoche y denunciaremos no solo las actuaciones
represoras de este supuesto gobierno del cambio sino que trataremos de
desmontar las mentiras y falsedades de PSOE, Toma la Palabra y Sí se Puede con
las que encubren su reaccionaria actuación. Sería deseable que las bases de estas
organizaciones -trabajadoras y trabajadores en su inmensa mayoría- no se
dejaran llevar por los cálculos electorales que ciegan a sus dirigentes y
estuvieran en la calle con el pueblo en la defensa de las libertades.
Nos vemos este viernes 23 de febrero a las 18.30h en la Plaza Mayor frente al Ayuntamiento en la Concentración convocada por la Asamblea Huelga 8M Valladolid contra la represión del Ayuntamiento a la Huelga Feminista 8M.
Y si alguien aún cree a Valladolid Toma la Palabra, que ahora o después con la ordenanza mordaza pruebe a salir a la calle con el cubo de cola, una escoba y carteles. Le deseamos suerte.
Y si alguien aún cree a Valladolid Toma la Palabra, que ahora o después con la ordenanza mordaza pruebe a salir a la calle con el cubo de cola, una escoba y carteles. Le deseamos suerte.
Para saber más:
Texto completo de la Ordenanza mordaza
Todo lo que no quieren que sepas de la “Ordenanza Mordaza” de Valladolid... camuflada ahora como “de Protección del Medio Urbano”
Plataforma por las Libertades de Valladolid
- Blog: http://libertadesvalladolid.blogspot.com.es/
- Correo: libertadesvalladolid@gmail.com
- Facebook: https://www.facebook.com/libertadesvalladolid/
- Twitter: https://twitter.com/libertadesvalla, @libertadesvalla
Nota:
¿Qué bienes "protege" la ordenanza mordaza donde la colocación de carteles puede producir daños por “ensuciar”, “degradar” o “menoscabar” su estética y su normal uso y destino y por tanto recibir una sanción?
Innumerables:
Artículo
2. –Ámbito de aplicación.
1. Las medidas de protección reguladas en esta Ordenanza se refieren a los bienes de servicio o uso públicos de titularidad municipal, tales como calles, plazas, paseos, parques y jardines, puentes y pasarelas, túneles y pasos subterráneos, aparcamientos, fuentes y estanques, edificios públicos, mercados, museos y centros culturales, colegios públicos, cementerios, piscinas, complejos deportivos y sus instalaciones, estatuas y esculturas, bancos, farolas, elementos decorativos, señales viarias, árboles y plantas, contenedores y papeleras, vallas, elementos de transporte y vehículos municipales y demás bienes de la misma o semejante naturaleza.
2. También están comprendidos en las medidas de protección de esta Ordenanza los bienes e instalaciones de titularidad de otras Administraciones Públicas y entidades públicas o privadas que forman parte del mobiliario urbano de la Ciudad de Valladolid en cuanto están destinados al público o constituyen equipamientos, instalaciones o elementos de un servicio público, tales como marquesinas, elementos del transporte, vallas, carteles, anuncios, rótulos y otros elementos publicitarios, señales de tráfico, quioscos, contenedores, terrazas y veladores, toldos, jardineras y demás bienes de la misma o semejante naturaleza.
3. Las medidas de protección contempladas en esta Ordenanza alcanzan también, en cuanto forman parte del patrimonio y del paisaje urbanos, a las fachadas de los edificios y otros elementos urbanísticos y arquitectónicos de titularidad pública o privada, tales como portales, galerías comerciales, escaparates, patios, solares, pasajes, jardines, setos, jardineras, farolas, elementos decorativos, contenedores y bienes de la misma o semejante naturaleza, siempre que estén situados en la vía pública o sean visibles desde ella, y sin perjuicio de los derechos que individualmente correspondan a las personas titulares de la propiedad.
1. Las medidas de protección reguladas en esta Ordenanza se refieren a los bienes de servicio o uso públicos de titularidad municipal, tales como calles, plazas, paseos, parques y jardines, puentes y pasarelas, túneles y pasos subterráneos, aparcamientos, fuentes y estanques, edificios públicos, mercados, museos y centros culturales, colegios públicos, cementerios, piscinas, complejos deportivos y sus instalaciones, estatuas y esculturas, bancos, farolas, elementos decorativos, señales viarias, árboles y plantas, contenedores y papeleras, vallas, elementos de transporte y vehículos municipales y demás bienes de la misma o semejante naturaleza.
2. También están comprendidos en las medidas de protección de esta Ordenanza los bienes e instalaciones de titularidad de otras Administraciones Públicas y entidades públicas o privadas que forman parte del mobiliario urbano de la Ciudad de Valladolid en cuanto están destinados al público o constituyen equipamientos, instalaciones o elementos de un servicio público, tales como marquesinas, elementos del transporte, vallas, carteles, anuncios, rótulos y otros elementos publicitarios, señales de tráfico, quioscos, contenedores, terrazas y veladores, toldos, jardineras y demás bienes de la misma o semejante naturaleza.
3. Las medidas de protección contempladas en esta Ordenanza alcanzan también, en cuanto forman parte del patrimonio y del paisaje urbanos, a las fachadas de los edificios y otros elementos urbanísticos y arquitectónicos de titularidad pública o privada, tales como portales, galerías comerciales, escaparates, patios, solares, pasajes, jardines, setos, jardineras, farolas, elementos decorativos, contenedores y bienes de la misma o semejante naturaleza, siempre que estén situados en la vía pública o sean visibles desde ella, y sin perjuicio de los derechos que individualmente correspondan a las personas titulares de la propiedad.