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lunes, 17 de febrero de 2020

Comunicado de valoración de la sentencia del TSJ: Ya es firme: la “cara amable” de la ordenanza mordaza está fuera de la legalidad


La sustitución de la sanción económica por trabajos para la comunidad está fuera de la legalidad y ya no es posible aplicarla en Valladolid una vez que la sentencia dictada por el TSJ de Castilla y León es firme tras no haberla recurrido el Ayuntamiento de Valladolid ante el Tribunal Supremo

  Del fallo de la sentencia se deduce una absoluta falta de control de la legalidad de la actuación de los poderes públicos incapaces sus servicios jurídicos de detectar en la elaboración de esta norma su ilegalidad y, además, muestra que las personas que han prestando servicios para la comunidad lo han hecho con una plena inseguridad jurídica que podría haber comprometido sus derechos ante cualquier percance durante su prestación
En esta situación se encontraría la totalidad de las ordenanzas que también incluyeran esta medida en Castilla y León y buena parte de las de España que no tengan una norma autonómica que lo permita
 La posibilidad de echar abajo estas normas represivas municipales queda en el tejado de la “coalición progresista” de PSOE y Unidas Podemos derogando la Ley mordaza y modificando los arts. 139 y 140 de la Ley Reguladora de Bases de Régimen Local para que los ayuntamientos no puedan establecer tipos sancionadores que restrinjan derechos fundamentales 

Comunicado, 17 de febrero de 2020
La oposición social a la Ordenanza para la protección del medio urbano de Valladolid aprobada en 2018 -conocida como “Ordenanza mordaza” y que sustituía a la anterior de 2003 Ordenanza para la protección de la convivencia ciudadana y la prevención de conductas antisociales (sic)- ha logrado evidenciar que el Ayuntamiento de Valladolid ha venido regulando fuera de la legalidad la sustitución de las sanciones económicas por trabajos en beneficio de la comunidad, previstas en esta ordenanza, la denominada terminación convencional recogida en su art. 26, es decir, el acuerdo entre la persona sancionada y el Ayuntamiento de Valladolid.
Así lo ha señalado la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal de Justicia de Castilla y León en su sentencia 1271/2019 de 28 de octubre que resuelve el recurso presentado en 2018 contra esta ordenanza por la Plataforma Ciudadana en Defensa de las Libertades de Valladolid -formada por las organizaciones locales de Anticapitalistas, Ateneo Republicano, Bloque Obrero, CGT, CNT, Comunistas de Castilla, Ecologistas en Acción, Izquierda Castellana, Parados en Movimiento, Red Roja y Yesca-, sentencia que ya es firme por Decreto del Tribunal Superior de Justicia del pasado 13 de enero después de que el Ayuntamiento de Valladolid no se haya atrevido a acudir al recurso de casación para la unificación de doctrina ante el Tribunal Supremo dada la contundencia de la sentencia del TSJ. De este modo, la Plataforma Ciudadana por las Libertades de Valladolid logra mostrar que la “cara amable” de una ordenanza municipal que se arroga regular restrictivamente derechos fundamentales es totalmente ilegal.
Esta Plataforma había señalado anteriormente los despropósitos de esta “ejemplarizante”, tal como la definía la ordenanza, sustitución de la sanción económica por estos trabajos, ya que en la ordenanza de 2018 recurrida estos trabajos pasaban de realizarse para el Ayuntamiento -donde al menos formalmente cabe un mayor control sindical y social sobre ellos- a hacerlo para asociaciones y ONGs, y donde la aparente buena medida del “pronto pago” suponía reconocer los actos sancionados, aun no habiéndolos cometido, y teniendo que desistir de cualquier acción o recurso en vía administrativa abriéndose un claro campo de indefensión y potencial abuso sancionador por cuanto en esta fase no hay tutela judicial alguna.

Del fallo de la sentencia se deduce una absoluta falta de control de la legalidad de la actuación de los poderes públicos incapaces sus servicios jurídicos de detectar en la elaboración de esta norma la ilegalidad de este amplio artículo que regula la sustitución de las multas económicas por trabajos para la comunidad. Además, muestra que las personas que han prestando servicios para la comunidad lo han hecho con una plena inseguridad jurídica que podría haber comprometido sus derechos ante cualquier percance durante su prestación.
A esta crítica social se suma ahora la judicial. El TSJ de Castilla y León indica en su sentencia que el artículo 26 de esta ordenanza que regula la terminación convencional es nulo de pleno derecho en su totalidad “por falta de habilitación legal” estatal o autonómica para que el Ayuntamiento de Valladolid pueda establecer nuevas formas de terminación de los procedimientos sancionadores, situación en la quedarían todas las demás normas de Castilla y León que incluyan la sustitución de la sanción económica por trabajos por la comunidad. Es más, en idéntica situación de nulidad de pleno derecho estarían las regulaciones similares de todo el país salvo que una norma autonómica lo habilite como es el caso, por ejemplo, de Cataluña.

Nos sorprende el desconocimiento por los servicios jurídicos del Ayuntamiento de Valladolid de los múltiples trabajos en el ámbito del Derecho, incluidas tesis doctorales y publicaciones jurídicas,  que vienen cuestionando la legalidad de la capacidad de los ayuntamientos para aprobar normativas que establezca la sustitución de las multas económicas por trabajos para la comunidad o cualquier otra alternativa. En este sentido, es paradigmática la actuación del Ayuntamiento de Gijón que en el texto de su ordenanza de convivencia aprobada en 2013, conocedor de esta limitación a las administraciones locales, estableció la siguiente cautela en su Disposición adicional: "El Ayuntamiento procederá a modificar esta Ordenanza una vez se disponga de la habilitación normativa  para el ámbito local que posibilite el establecer medidas correctoras sustitutivas de las sanciones  pecuniarias por sesiones formativas, participación en actividades cívicas u otros tipos de trabajos para la  comunidad".
La Plataforma Ciudadana por las Libertades de Valladolid viene luchando incansablemente desde 2003, entonces como Foro por la Libertad de Expresión, contra esta ordenanza municipal que recorta derechos fundamentales. Ha logrado anteriormente sentencias también del TSJ de Castilla y León en diciembre de 2006 -la Federación Vecinal Antonio Machado, que no formaba parte del Foro por las LIbertades, logró otra de contenido similar también en 2006- y en octubre de 2013 -ya con la Federación Vecinal integrada en la Plataforma- que en parte eliminaban de su articulado regulaciones aberrantes de la mendicidad, desnudez, obligaciones y responsabilidades de asociaciones convocantes de actos, responsabilidad de los padres por los actos de menores, cartelería de contenido social… recogidas en la entonces conocida como “Ordenanza antivandalismo”. Algunas de ellas fueron reintroducidas con una modificación de esta norma en 2011 por León de la Riva.
Hay que destacar el lamentable papel en esta etapa del sector entonces mayoritario de Izquierda Unida, organización que de ser activo miembro del Foro por la Libertad de Expresión pasó a abandonarlo una vez que municipios en los que gobernaba esta formación política aprobaban ordenanzas represivas del mismo tenor.
Con la llegada a Valladolid en 2015 del “gobierno municipal del cambio” de la coalición de PSOE y Toma la Palabra formada por IU y Equo, formaciones que durante los mandatos del despótico León de la Riva se mostraron siquiera formalmente contrarios a esta ordenanza, se abrió la posibilidad de su derogación. Para ello, esta Plataforma, de la que se salió la Federación Vecinal, llegó a reunirse con el Ayuntamiento de Valladolid en varias ocasiones llegando este a comprometerse incialmente con la derogación de la ordenanza pero en una segunda reunión constatamos que planteban nuevamente una ordenanza "basada en el miedo y la coacción". Esta posibilidad de derogación se vio frustrada finalmente al alinearse ideológica e institucionalmente Toma la Palabra con este tipo de “ordenanzas de convivencia” represivas que no son otra cosa que la extensión en el ámbito local de la Ley mordaza. Esta extensión fue posible por la modificación de la Ley Reguladora de Bases de Régimen Local de 2003, y supone la persecución de la acción social en las calles bajo la excusa del mantenimiento de la convivencia o el ornato públicos.

En 2017 Toma la Palabra, que retóricamente hablaba de una “nueva ordenanza de buena convivencia”, permite al PSOE que copie la “ordenanza antivandalismo” del PP en vigor, que es finalmente presentada por el concejal socialista de Seguridad como una eufemística “ordenanza para la protección del medio urbano” que contenía el espíritu y, sobre todo, la práctica totalidad de la letra sancionadora del Partido Popular (sanciona sentadas, concentraciones, carteles, pancartas, folletos, la ocupación temporal de espacios, murales e incluso mantiene la sanción de algunas formas de mendicidad…). 

Esta falsa “nueva ordenanza” con la que el ayuntamiento de Valladolid se obstina en perseguir la libertad de expresión es aprobada en el pleno municipal "de la deslealtad" de febrero de 2018 sin que Toma la Palabra vote en contra.

A partir de ese momento, bajo este “gobierno del cambio” del PSOE y Toma la Palabra, se sucedieron por parte del Ayuntamiento de Valladolid las multas y la intensificación de la represión policial contra el activismo local y la respuesta de las organizaciones sociales con continuas movilizaciones y peticiones de derogación de la ordenanza. Recuérdese, por ejemplo, las acciones policiales con multas e incautación de material sindical y social durante la Huelga General y el 8M de 2018, la represión a FACUA en el reparto de octavillas, la represión de un acto público de nuestra Plataforma de pegada de carteles o la multa a un miembro de Parados en Movimiento- hasta el punto de que el alcalde socialista Óscar Puente tuvo que dictar en mayo de 2018, tras defender a la Policía Municipal, una insólita instrucción a la Policía Local para que “levantara la mano”, mostrando implícitamente el carácter represivo de esta norma municipal, pues la contestación social a la ordenanza mordaza les desbordaba. La Policía municipal llegó a incumplir incluso esta instrucción reprimiendo una pegada de carteles.

Los distintos recursos presentado por la Plataforma por las Libertades han podido eliminar o suavizar el contenido de algunos artículos que o no respetaban lo previsto en las leyes o eran directamente inconstitucionales, como así lo señalan las sentencias de 2006 y 2013, pero no logró eliminarlos en su totalidad a pesar de que, a juicio de esta Plataforma, estas normas locales entran a regular materias referentes a la libertad de expresión y de reunión, entre otras, que deberían estar reservadas únicamente a la ley por tratarse de derechos fundamentales. De esta forma, estas ordenanzas municipales, casi el último escalón en la pirámide normativa, permiten articular una represión sancionadora de baja intensidad que escapa a la adecuada protección que merecen dichos derechos fundamentales. Y lo hacen con sanciones económicas desproporcionadas que van de 750 a 3.000 euros, sanciones administrativas además susceptibles de convertirse en delitos por un aberrante sistema de graduación de las sanciones.
Y no se pueden eliminar estos artículos porque chocamos con los arts. 139 y 140 introducidos en la modificación de 2003 de la ya mencionada Ley Reguladora de Bases de Régimen Local (LRBRL). Así ha sucedido también en este último recurso que se resolvió con la sentencia del TSJ de octubre de 2019, ahora firme, donde de nuevo se argumentó que distintos artículos de esta ordenanza vulneran preceptos constitucionales o leyes orgánicas por entrar a regular materias reservadas a ellas. Y no se lograron anular porque, al igual que la última reforma laboral habilita formalmente el jurídica y socialmente aberrante “despido por estar enfermo”, también estos nuevos artículos de la LRBRL dan “legalidad” a la articulación de la represión desde los municipios con estas “ordenanzas mordaza”, complementando la acción estatal de la “Ley mordaza”. Y cuando decimos complementar no lo hacemos como expresión retórica sino textual, pues la extensión de la acción de la “ley mordaza” a las normas municipales está recogida en su art. 32.3.
Y como esta situación es la misma en todo el estado, agotadas como parecen las vías a nivel local para echar abajo estas ordenanzas represivas, como demuestra el caso de Valladolid, la pelota queda nuevamente, ahora a nivel estatal, en el tejado de un nuevo “gobierno del cambio” que dicen representar PSOE y Unidas Podemos. La “coalición progresista” tiene la oportunidad no solo de derogar la Ley mordaza sino también modificar los artículos 139 y 140 de la LRBRL que habilitan legalmente la represión a través de estas ordenanzas municipales.
Por todo ello, desde la Plataforma Ciudadana en Defensa de las Libertades de Valladolid no solo animamos a los colectivos y personas de nuestra ciudad a seguir combatiendo socialmente la ordenanza mordaza sino que también hacemos un llamamiento a nivel estatal a todas las organizaciones y plataformas que vienen luchando contra estas falsas ordenanzas de “convivencia”, “sociales”, “urbanas”, “de vecindad”, "de playas" prohibiendo el nudismo, etc., para articular una acción colectiva y actuar sobre las dos leyes estatales que las hacen posibles: derogando la Ley mordaza y modificando los arts. 139 y 140 de la Ley Reguladora de Bases de Régimen Local (LRBRL) para que no permitan a los Ayuntamientos establecer nuevas conductas sancionables, lo que está reservado a ley, y más cuando afecta a derechos fundamentales como es el caso de estas ordenanzas cuya reserva corresponde a las leyes orgánicas.

En este sentido, NoSomosDelito ha dado su apoyo a la Plataforma Ciudadana en Defensa de las Libertades de Valladolid en su reciente asamblea del 12 de febero e incorpora la lucha contra las ordenanzas mordaza y la petición de modificación de los 139 y 140 de la LRBL.


Más información sobre el contenido de la "Ordenanza mordaza" de Valladolid:

Todo lo que no quieren que sepas de la “Ordenanza Mordaza” de Valladolid... camuflada ahora como “de Protección del Medio Urbano”


Plataforma por las Libertades de Valladolid

sábado, 23 de febrero de 2019

Comunicado: ¡Contra todas las mordazas!



El pasado mes de enero, un juzgado de lo contencioso de Valladolid ha dictado sentencia confirmando la sanción impuesta a un miembro de la Asamblea por las Libertades, perteneciente a la asociación Parados en Movimiento, por su negativa a identificarse ante un policía municipal de paisano y con el rostro semi-tapado.

Y ello ha ocurrido en aplicación de la Ley Mordaza. La Plataforma por las Libertades estaba haciendo una convocatoria de protesta contra la Ordenanza Mordaza Municipal que finalmente fue aprobada por el actual consistorio, siguiendo la línea represora del anterior consistorio.

La Policía Municipal reprime la actividad ciudadana cuando se critica la actuación del consistorio que tramitaba una ordenanza mordaza. Según la sentencia se llevaba a cabo una actividad no permitida “colocar carteles en fachadas de edificios en las que no está permitida dicha colocación” pero lo que se estaba juzgando era la desobediencia por no identificarse, no por colocar carteles.

Además el Ayuntamiento de Valladolid no ha habilitado lugares para poder expresar la disidencia ciudadana. Es más, el propio Ayuntamiento coloca carteles en fachadas y edificios cuando anuncia los eventos que patrocina, sin que conste incoación de expedientes sancionadores por la colocación de esos carteles.

Al compañero de la Plataforma no se le sanciona por poner carteles, sino porque se negó a identificarse, según manifestación de la policía municipal que le notifica la sanción en su domicilio y con su D. N. I., por lo tanto, sí que se identificó. Por otra parte, la Policía Municipal le incautó los carteles que portaba, lo que no tiene fundamento. 

La Ley Mordaza es injusta y desde luego nada democrática. Se le pone una multa de 601 euros a un parado que percibe una ayuda de subsistencia que viene a constituir el equivalente a un mes y medio de sus ingresos de subsistencia.

La Ley Mordaza eleva a la categoría de prueba absoluta la declaración de unos policías que iban de paisano, que en ningún momento afirman que se hayan identificado, prevaleciendo sobre la palabra del ciudadano de a pie y de los testigos, lo que implica una limitación grave al principio de igualdad y de tutela judicial efectiva.

La libertad de expresión resulta cercenada y con ello, los valores democráticos.

También queremos aludir a la escalada de represión a cualquier libertad que estamos viviendo en este estado. Citamos a las gentes que han ocupado un pueblito en Guadalajara llamado Fraguas, expropiado por el ICONA en 1968 y utilizado por el Ejército como zona de maniobras en los 90 y a los que les piden más de 2 años de cárcel por reconstruir 3 casas, varios caminos y huertas en el pueblo, a las piketeras enjuiciadas en Gijón por la huelga del pasado 8M, en el que realizaron un pikete en Mango y por lo que les piden 12.000 € por lesiones y por atentar contra el derecho de lxs trabajadorxs, además de esperar en marzo otro juicio y para terminar, el caso de la compañera multada el pasado año también aquí en Valladolid, de la asamblea del 8M, mientras tomaba parte en un pikete informativo por el centro de la ciudad.

Porque saben que no nos vamos a callar, aumentan su represión y violencia hacia todas nosotras a través de multas y amenazas de cárcel.

Porque nos queremos libres, vivas y combativas, os llamamos el próximo 8 de marzo a secundar la huelga general feminista legalmente convocada, toda la clase trabajadora debe parar y decirle al capitalismo patriarcal que queremos vivir de otra forma.

Porque no queremos vivir con miedo ni que nadie, ni mucho menos una ordenanza interpretada por un policía nos diga lo que podemos o no hacer.

POR LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN. CONTRA TODA REPRESIÓN

POR LA DEROGACIÓN DE LA ORDENANZA MUNICIPAL

NO A LA ORDENANZA MORDAZA



 Más información:

Plataforma por las Libertades de Valladolid

jueves, 31 de mayo de 2018

La Plataforma Libertades pide al Decano de Derecho que rectifique y retire el veto al acto sobre el "Caso Alsasua"



COMUNICADO 31-05-2018

Desde la Plataforma Ciudadana en Defensa de las Libertades, ante la denegación del espacio por parte del Decano de la Facultad de Derecho para una de las actividades que teníamos prevista en esas instalaciones, queremos trasladar lo siguiente:

El acto, como es conocido, consistía en dar voz a los familiares de los jóvenes de Alsasua recientemente juzgados y que se encuentran a la espera de la sentencia. Por cierto, los mismos familiares que esta semana pudieron exponer su caso en el Parlamento Europeo en Estrasburgo. Pese a que el interés del acto reside precisamente en la gravedad de las acusaciones, insostenibles para muchos juristas, el Decano ha basado la denegación del aula en la falta de contenido jurídico del mismo.

La Universidad de Valladolid, sabido es por cualquiera con un mínimo de conciencia democrática, es una institución que reivindica su pluralidad y su amparo de la libertad de expresión. Las aulas de sus facultades han estado abiertas a todo tipo de actividades que estuvieran amparadas por alguna de las organizaciones o colectivos vinculados a ella, incluyendo, claro, las asociaciones de estudiantes. En concreto, la Facultad de Derecho ha albergado actos y debates de actualidad social, política y cultural. Valgan como ejemplos actuaciones teatrales feministas, asambleas del 15M, coloquios sobre la situación en Cataluña, charlas antirrepresivas como "Somos 27 y más", debates electorales o presentaciones de libros de toda condición). También para esto existen las universidades: para polemizar, para compartir, para que no exista unicidad del relato. Como dice el emblema de la nuestra, "la Sabiduría se construyó una casa".

Por tanto, parece lógico que el Decano aporta una burda excusa con la que solo consigue dos cosas: dejar en evidencia su credibilidad y contentar a los sectores más ultras de esta ciudad a costa de la libertad de expresión.


Somos conscientes de lo mediático y polémico del caso y por eso solo se nos ocurren dos posibles explicaciones. La primera es que él, por motivos ideológicos y a voluntad propia haya censurado el acto. La segunda, que haya cedido a las presiones que sin duda habrá recibido -eso que se califica con el eufemismo de "alarma en un sector de la Universidad"-, con el mismo desenlace que en el primer caso. Aún está a tiempo de rectificar: las equivocaciones se pueden reparar; la persistencia en la mentira, no.

Esperamos que este VETO no sirva como precedente para censurar los futuros actos de contenido "no jurídico" que se vienen celebrando tradicionalmente y con cierta frecuencia en la Facultad de Derecho.

Por nuestra parte seguiremos trabajando por encontrar un lugar -que sin duda existen en nuestra ciudad- donde se puedan celebrar actos en los que la condena (la censura) no preceda al juicio (el ejercicio de la libertad de expresión). Parece que lamentablemente no es el caso de la Facultad de Derecho.


Plataforma por las Libertades de Valladolid

sábado, 17 de marzo de 2018

Comunicado de la Manifestación del 17M Desamordázate. No a la Ley Mordaza. No a la Ordenanza Mordaza





COMUNICADO
MANIFESTACIÓN
17 MARZO 2018


LEY MORDAZA: DEROGACIÓN

ORDENANZA MORDAZA AYUNDAMIENTO DE VALLADOLID: DEROGACIÓN


La sociedad supuestamente democrática a la que hemos llegado tras años de lucha y reivindicaciones, se está convirtiendo con las leyes y las ordenanzas limitativas de derechos que se han aprobado, en un estado de opresión, miedo y autocensura.

La Ley mordaza y su homóloga ordenanza mordaza de Valladolid, limitan nuestra libertad de expresión y de manifestación.

En la ciudad de Valladolid, la policía municipal, tanto de paisana como uniformada, nos detiene y nos identifica cuando ejercemos nuestro derecho de expresión y colocamos carteles contra la ordenanza mordaza o convocando a la huelga feminista. Identificaciones arbitrarias y expedientes sancionadores que se incoan a las personas que ejercitan sus derechos.

La ordenanza mordaza burocratiza la vida de la ciudadanía de Valladolid, hasta para respirar hay que pedir permiso. Todo son trabas, se trata de reprimir la disidencia. Pero ¿es que no aprenderán que cuando llegan al ejercicio de poder es para servir y colaborar con la ciudadanía? Lo único que se les contagia es la burocracia y la represión. 

Que no, que no nos representan.

A pesar de los nefastos representantes políticos que nos ha tocado sufrir, nos hemos educado en la libertad y en el respeto al que está a nuestro lado.
Que no, que no nos representan.

NO A LA ORDENANZA MORDAZA.

¿Por qué hay policías municipales que sin vestir su uniforme, están de servicio por la ciudad de Valladolid?

¿Qué hemos hecho para merecer esto?

Todas somos sospechosas, van a la busca de la infractora, según su propio criterio, claro. Se les forma en la represión.

¿A nadie se le ocurre que a los cuerpos policiales hay que formarlos en el respeto a los derechos humanos?

¿Por qué tiene más valor la palabra de la policía que la de una ciudadana de a pie?

¿Dónde está la igualdad?

Policías municipales que detienen a mujeres en nuestra ciudad por colocar carteles convocando a la huelga feminista.

¿Pero en qué país vivimos?

Actualmente asistimos a un incremento de represión político ideológica a todas las escalas en defensa del Régimen pero también pura represión social e inhumana contra colectivos vulnerables como el de vendedores ambulantes o al colectivo racializado/inmigrado. Un día tras otros conocemos condenas a cantantes, a personas que tuitean o que ejercitan de otro modo su libertad de expresión, secuestros de libros, multa a revista satírica e incluso violencia policial y calles y barrios tomados por la policía como esta semana en Lavapiés… 

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos corrige en una muy reciente sentencia al estado español por haber condenado penalmente a unas personas que habían quemado fotografías del monarca emérito y su mujer, recordándole la supremacía de la libertad de expresión sobre el supuesto honor de las personas que no han sido elegidas y ostentan la representación monárquica.

Sr. Alcalde, reflexione.
Que no, que no nos representan.

NO A LA LEY MORDAZA
NO A LA ORDENANZA MORDAZA
ORDENANZA MORDAZA DEROGACIÓN


Impulsa y convoca:


Plataforma por las Libertades de Valladolid

jueves, 22 de febrero de 2018

Comunicado: Toma la Palabra engaña: la colocación de carteles en Valladolid estaba y seguirá sancionada



Plataforma por las Libertades de Valladolid
Nota de prensa, 22-02-2018

Toma la Palabra engaña: la colocación de carteles en Valladolid estaba y seguirá sancionada

Toma la Palabra lanza un comunicado de cortina de humo y engaño que no logra desmentir que la Ordenanza para la protección del medio urbano sigue sancionando pegar carteles

Es muy curioso que siga sin aparecer públicamente el concejal responsable de la Policía Municipal y con competencia en materia de esta ordenanza y sea en cambio Toma la Palabra quien siga erigiéndose en valedora y defensora de la ordenanza mordaza

Hacemos un llamamiento a acudir a la concentración convocada este viernes 23 de febrero en la Plaza Mayor frente al Ayuntamiento:

CONCENTRACIÓN EN LA PLAZA MAYOR
23 febero, viernes, 18.30h
EL AYUNTAMIENTO DEL "CAMBIO"
REPRIME LA HUELGA GENERAL FEMINISTA
PORQUE NO PODÉIS CALLARNOS
CON VUESTRA ORDENANZA MORDAZA,
¡¡¡HACIA LA HUELGA FEMINISTA!!! 

CONVOCA: ASAMBLEA HUELGA 8M
 


Somos trabajadoras. Respondemos sacando tiempo de nuestro descanso y quitándolo de la atención a quienes nos rodean. No tenemos presupuesto alguno ni cargos con sueldo ni servicio de prensa contratados, todo con dinero público, como tiene Toma la Palabra para sacar un comunicado autoexculpatorio y falaz por la represión a varias mujeres la pasada noche cuando la policía las detuvo cuando pegaban carteles de la Huelga Feminista del 8M y llevó a comisaria. Privilegios inmerecidos que utiliza una vez más contra el pueblo y para engañar a las vecinas de Valladolid tratando patéticamente de argumentar contra el carácter represor de la Ordenanza para la protección del medio urbano, conocida ya por todas como Ordenanza Mordaza, y que, como hemos demostrado, es la continuadora de la reaccionara Ordenanza para la protección de la convivencia y prevención de conductas antisociales del PP.

Sobre lo que diga Toma la Palabra en relación con la huelga feminista se bastan las compañeras del comité organizador de Valladolid para responderles. En lo tocante a las ordenanzas municipales represivas, nos toca a nosotras dar cumplida respuesta.

Y que no esperen que centremos nuestra crítica en la actuación policial, que la merece y queda ya dicho en relación a su prepotencia, arbitrariedad y maneras antidemocráticas. Tras la policía y el cuestionamiento de su actuación en la noche del miércoles se esconde Toma la Palabra para intentar no aparecer como lo que es: la responsable de lo sucedido. Por formar el equipo de gobierno en cuyo nombre actúa la policía, por mantener la ordenanza del PP en vigor y por darle continuidad con la ordenanza mordaza. No merece más comentarios.

Toma la Palabra dice haber pedido explicaciones a la policía por haber llevado a un grupo de mujeres a la comisaría por colocar carteles en la calle en favor de la Huelga Feminista del 8M, cuando son ellos –no olvidemos que tras este nombre están IU y Equo- los que “ponen en riesgo la libertad de expresión” y son corresponsables de que la ordenanza antisocial siga en vigor y de que la nueva ordenanza mordaza siga sancionando la colocación de carteles y otras muchas formas de ejercicio de libertades fundamentales de reunión, información y expresión.

Toma la Palabra engaña cuando dice que la ordenanza mordaza “excluye explícitamente en su articulado como actuaciones sancionables aquéllas amparadas en el ejercicio de derechos fundamentales”. Baste recordar para desmontar esta mentira un ejemplo conocido por todas: la desnudez en la ordenanza aún en vigor está prohibida salvo cuando se ejerce en el ejercicio de derechos fundamentales, por ejemplo, recordamos todas, en una manifestación como la Ciclonudista que es como consiguió sobrevivir al reaccionario De la Riva, pero lamentablemente está prohibida y sancionada -pronto, dejará de estarlo- en cualquier otra circunstancia. Es patética la argumentación de Toma la Palabra. Todas sabemos que en este caso ni siquiera durante una manifestación –ejerciendo aquí un derecho fundamental- está permitido pegar carteles o poner pegatinas y basta para ello recordar las cargas y sanciones impuestas durante un pasado 1º de Mayo. Desmontado queda el argumento.

Dice Toma la Palabra que “una mera pegada de carteles en ningún caso puede suponer una apertura de un procedimiento sancionador” y que es vital asegurar que la reglamentación municipal no produzca, en ningún caso, un menoscabo del ejercicio de derechos fundamentales” de forma que “si se dieran estos casos, Valladolid Toma la Palabra promovería la modificación de los artículos que provoquen este menoscabo”. Aquí nos quedamos “muertas”. Es decir, ¿no se tiene certeza en el Ayuntamiento al aprobar una norma acerca de si va a vulnerar o no derechos fundamentales? Ante la duda, ¿qué hacen?: aprobar la norma represora, prohibir y sancionar.

A continuación intenta Toma la Palabra sumarse a la crítica a la Ley mordaza, indicando que vulnera derechos fundamentales, y aquí nos quiere engañar de nuevo a todas porque no tienen luego reparo alguno en aprobar una ordenanza municipal mordaza que es complemento de aquélla y que está imbricada con ella en su articulado y que forma parte del “conjunto represivo” estatal pues, lo recordamos todas, estas normas municipales no son más que tentáculos de una ley estatal que las hace posible: la Ley reguladora de bases de Régimen local en sus artículos 139 a 141. Y son también un brazo de la Ley mordaza a través del  artículo 32 que dice que “las ordenanzas municipales podrán introducir especificaciones o graduaciones en el cuadro de las infracciones y sanciones tipificadas en esta Ley” y del artículo 41. ¿A quién quieren engañar? No pueden criticar la Ley mordaza y salvar su correlato municipal.

Ahora toca que leamos todas con atención para pillarle el truco a Toma la Palabra. Veamos. Efectivamente, la ordenanza antisocial del PP prohibía expresamente la colocación de carteles en su artículo 7.1. El primer borrador de la ordenanza mordaza decía en su artículo 7.1 que  “la colocación de carteles, vallas, rótulos, pancartas, adhesivos, papeles pegados o cualquier otra forma de propaganda o publicidad mercantil, comercial, artesanal o profesional se realizará con sometimiento al régimen establecido en la normativa sectorial”. Demasiado prolijo, debieron pensar, y finalmente fue aprobado diciendo “la propaganda o publicidad mercantil, comercial o profesional se realizará con sometimiento al régimen establecido en la normativa local o sectorial específica de aplicación”. Vale. Aquí no se habla de carteles “sociales”.

¿Dónde está el truco? En que ahora no prohíben la acción -pegar el cartel- sino que sancionan su consecuencia ya que el artículo 5 de la Ordenanza mordaza dice que “queda prohibida cualquier actuación sobre los bienes protegidos por esta Ordenanza -en la práctica, todo lo que te encuentras por la calle y en dependencias municipales y muchísimas privadas (todos recogidos en el art. 2 de ambas ordenanzas sobre Ámbito de aplicación)- que sea contraria a su uso o destino o implique su deterioro, ya sea por rotura, arranque, incendio, vertido, desplazamiento indebido, colocación de elementos de publicidad, utilización de materiales o sustancias y cualquier otra actividad o manipulación que los ensucie, degrade o menoscabe su estética y su normal uso y destino”. Atención a ese “cualquier otra actividad o manipulación que los ensucie, degrade o menoscabe su estética y su normal uso y destino”.

Ya lo tenemos. Lo han escondido pero sabemos cómo y dónde buscar. Ese “ensuciar”, “degradar” o “menoscabar” su estética y su normal uso y destino sí está Desde luego sancionado y como mínimo como falta leve (hasta 750 euros), pero que puede llegar a ser grave (hasta 1.500 euros) o muy grave (hasta 3.000 euros). Y, además, y esto es importante, la ordenanza mordaza no enumera en ningún artículo el listado de “actuaciones” que puedan suponer ese “ensuciar”, “degradar” o “menoscabar”. Porque si hubiera un listado y en el no figuraran los carteles, asunto resuelto. Pero no, ningún artículo recoge listado alguno de "actuaciones" por lo que expresamente los carteles "no están prohibidos" como tampoco estan expresamente prohibidas ninguna de las innumerables “actuaciones” susceptibles de producir esos daños sancionados.

Y no olvidemos todas que aplicando los arbitrarios criterios de “continuidad”, “persistencia” o “reincidencia” en “ensuciar””, “degradar” o “menoscabar”, colocar carteles, algo que hacemos todas las que formamos parte de colectivos, la sanción puede llegar a esos 3.000 euros. O incluso convertirse en infracción objeto de la Ley mordaza -como apunta a serlo el cado de las compañeras detenidas ayer- o incluso del Código Penal. Es lo que tiene este jugar con fuego de los supuestos gobiernos del cambio que mezcla oportunismo, reaccionarismo, ignorancia  y temor a un pueblo libre.

Esta es la perversión de este tipo de ordenanzas municipales de convivencia, cívicas o del medio urbano: reprimen el ejercicio de derechos fundamentales pero no prohibiéndolos directamente sino persiguiendo las consecuencias de su ejercicio que dicen que “ensucian”, “degradan” o “menoscaban” lo urbano o “perturban la convivencia”.

Dice Toma la Palabra que “la nueva ordenanza municipal -que aún no ha entrado en vigor- no prohíbe pegar carteles ni cualquier otra acción amparada en el derecho a la libertad de expresión”. ¿De verdad? Que prueben en su próximo acto en la calle a salir con cola y carteles e intentar pegarlos. Todas sabemos lo que va a ocurrir. Por eso está empapelada la ciudad de carteles reivindicativos de Toma la Palabra, ¿verdad que sí?

Hay mantras que aparentan lo que no son. Apela Toma la Palabra en su comuni ado a que esta nueva ordenanza busca evitar el “maltrato a lo común”. Todas sabemos que malversan el término común porque estas ordenanzas reprimen la denuncia precisamente del abuso de los poderes públicos y económicos sobre el común, lo de todas, lo que al pueblo pertenece, cuya defensa pasa necesariamente por “perturbar la tranquilidad ciudadanas” de los poderosos y sus servidores.

Dice por último Toma la Palabra que “las actuaciones policiales de la pasada madrugada no tienen ninguna relación con la actual Ordenanza de Protección del Medio Urbano, puesto que aún no ha entrado en vigor”. Y creen soslayar así su responsabilidad cuando esa actuación tiene que ver con la ordenanza antisocial del PP que tanto denunció el actual requipo de gobierno (PSOE, Toma la Palabra=IU+Equo, y quienes les apoyan, Sí se Puede) y que no derogaron nada más acceder al Ayuntamiento.

Desde la Plataforma por las Libertades de Valladolid nos mostramos completamente solidarias con las compañeras detenidas y llevadas a comisaría anoche y denunciaremos no solo las actuaciones represoras de este supuesto gobierno del cambio sino que trataremos de desmontar las mentiras y falsedades de PSOE, Toma la Palabra y Sí se Puede con las que encubren su reaccionaria actuación. Sería deseable que las bases de estas organizaciones -trabajadoras y trabajadores en su inmensa mayoría- no se dejaran llevar por los cálculos electorales que ciegan a sus dirigentes y estuvieran en la calle con el pueblo en la defensa de las libertades.

Nos vemos este viernes 23 de febrero a las 18.30h en la Plaza Mayor frente al Ayuntamiento en la Concentración convocada por la Asamblea Huelga 8M Valladolid contra la represión del Ayuntamiento a la Huelga Feminista 8M.

Y si alguien aún cree a Valladolid Toma la Palabra, que ahora o después con la ordenanza mordaza pruebe a salir a la calle con el cubo de cola, una escoba y carteles. Le deseamos suerte.

Para saber más:


Plataforma por las Libertades de Valladolid

Nota:

¿Qué bienes "protege" la ordenanza mordaza donde la colocación de carteles puede producir daños por “ensuciar”, “degradar” o “menoscabar” su estética y su normal uso y destino y por tanto recibir una sanción?

Innumerables:
 
Artículo 2. –Ámbito de aplicación.

1.    Las medidas de protección reguladas en esta Ordenanza se refieren a los bienes de servicio o uso públicos de titularidad municipal, tales como calles, plazas, paseos, parques y jardines, puentes y pasarelas, túneles y pasos subterráneos, aparcamientos, fuentes y estanques, edificios públicos, mercados, museos y centros culturales, colegios públicos, cementerios, piscinas, complejos deportivos y sus instalaciones, estatuas y esculturas, bancos, farolas, elementos decorativos, señales viarias, árboles y plantas, contenedores y papeleras, vallas, elementos de transporte y vehículos municipales y demás bienes de la misma o semejante naturaleza.

2.    También están comprendidos en las medidas de protección de esta Ordenanza los bienes e instalaciones de titularidad de otras Administraciones Públicas y entidades públicas o privadas que forman parte del mobiliario urbano de la Ciudad de Valladolid en cuanto están destinados al público o constituyen equipamientos, instalaciones o elementos de un servicio público, tales como marquesinas, elementos del transporte, vallas, carteles, anuncios, rótulos y otros elementos publicitarios, señales de tráfico, quioscos, contenedores, terrazas y veladores, toldos, jardineras y demás bienes de la misma o semejante naturaleza.

3.    Las medidas de protección contempladas en esta Ordenanza alcanzan también, en cuanto forman parte del patrimonio y del paisaje urbanos, a las fachadas de los edificios y otros elementos urbanísticos y arquitectónicos de titularidad pública o privada, tales como portales, galerías comerciales, escaparates, patios, solares, pasajes, jardines, setos, jardineras, farolas, elementos decorativos, contenedores y bienes de la misma o semejante naturaleza, siempre que estén situados en la vía pública o sean visibles desde ella, y sin perjuicio de los derechos que individualmente correspondan a las personas titulares de la propiedad.